Principales Recomendaciones en el Análisis de Poder Sustancial en el Mercado de Audio y Video Asociados
En
semanas recientes, se han publicado, en distintos medios de prensa, artículos de
opinión que sugieren que no se debería regular a los servicios Over The Top (OTT). La diversidad de
voces que se han pronunciado sobre este tema, han distorsionado la línea de
discusión.
Nadie, en ningún momento, ha hecho mención sobre la conveniencia de que el órgano regulador considere imponer medidas regulatorias a los proveedores de servicios OTT con la finalidad de desacelerar su avance, sino que simplemente se trata de hacer notar que la transición tecnológica existente y el lanzamiento de nuevas plataformas de servicios, transforman el ecosistema y ejercen presión competitiva, a la vez que representan nuevas alternativas de consumo de contenidos audiovisuales para los usuarios. Lo anterior justifica que se les sea considerados dentro del mismo mercado que la televisión de paga, es decir, aquel de Audio y Video Asociado (AVA).
Nadie, en ningún momento, ha hecho mención sobre la conveniencia de que el órgano regulador considere imponer medidas regulatorias a los proveedores de servicios OTT con la finalidad de desacelerar su avance, sino que simplemente se trata de hacer notar que la transición tecnológica existente y el lanzamiento de nuevas plataformas de servicios, transforman el ecosistema y ejercen presión competitiva, a la vez que representan nuevas alternativas de consumo de contenidos audiovisuales para los usuarios. Lo anterior justifica que se les sea considerados dentro del mismo mercado que la televisión de paga, es decir, aquel de Audio y Video Asociado (AVA).
La propia Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR), en su artículo trigésimo noveno transitorio, dispone que el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) debe realizar el análisis e investigación necesarios para determinar la existencia de poder sustancial en el mercado relevante de audio y video asociado a través de redes públicas de telecomunicaciones y, en su caso, imponer las medidas regulatorias que considere pertinente.
El análisis al interior de este mercado, el de AVA, no es único para nuestro país. La evidencia internacional indica que ya se comienza a estudiar la conveniencia de ampliar los límites y redefinir segmentos que integran a éste.
Por ejemplo el órgano regulador de las comunicaciones en EUA, la Federal Communications Commission (FCC, por sus siglas en inglés), incluye en el mercado de audio y video asociado a los distribuidores de programación de video multicanal (MVPD, por sus siglas en inglés, y que son los proveedores de TV de paga por cable o satelital), así como también a aquellos proveedores de video por internet (OVD, por sus siglas en inglés, entre éstos los servicios Over the Top, OTT).[1]
Por su parte, el organismo regulador del Reino Unido, Ofcom, ha identificado el desvanecimiento de las fronteras entre las empresas de telecomunicaciones y las nuevas plataformas de comunicación. La explicación de esto subyace en el efecto que ha tenido la convergencia tecnológica sobre la capacidad de ofrecer una variedad de servicios con características similares.
En una reciente evaluación sobre la política de “must-offer” en TV de Paga en torno a contenidos deportivos, Ofcom reconoce que actualmente la competencia entre estos servicios y los OTT existe. El regulador señala que el desarrollo que están experimentando los servicios OTT puede generar un cambio en este mercado en el corto plazo.[2]
Ante ello, la directora de Ofcom, Sharon White, señaló que una de las principales preocupaciones en su administración será analizar la situación actual entre la TV de Paga y los OTT para establecer condiciones competitivas entre estos servicios.[3]
En el caso de la Unión Europea se dio inicio en días recientes a un proceso de consulta pública para esclarecer cuál debe ser el esquema regulatorio que debe prevalecer en el mercado de medios audiovisuales. En concreto, sobre temas relacionados con la efectividad del actual marco regulatorio en este mercado, la condiciones de competencia y obligaciones regulatorias que involucran a proveedores de servicios bajo demanda, plataformas de Internet, operadores de telecomunicaciones, etc., así como los mecanismos de protección al usuario en el acceso a contenidos audiovisuales a través de internet.[4]
Todo ello bajo la premisa de que la convergencia de medios es una realidad, es decir, la fusión existente y progresiva de las plataformas tradicionales de contenidos (e.g. la TV de paga) con aquellas de transmisión por internet, como los servicios OTT. Es un hecho ya que la realidad queda fuera de cualquier conceptualización simplista que reduzca el acceso a contenidos audiovisuales al añejo uso del televisor.
Sin duda, es un buen momento para que el órgano regulador mexicano (IFT) recoja e incorpore estos apuntes regulatorios en el análisis e investigación al mercado de audio y video asociado. Una vez más se abre una oportunidad para que la regulación mexicana se alinee a la tendencia mundial e incorpore a los servicios OTT en el mismo mercado en el que se incluye a los de TV de paga.
Ojalá el IFT aproveche la ocasión para regular con miras al futuro y no con el cortoplacismo habitual que nos ha tenido en situación de rezago por décadas.
[1] Federal Communications Commission
(FCC), Annual Assessment of the Status of
Competition in the Market for the Delivery of Video Programming, (EUA, 2 de
Abril de 2015). Disponible en: http://bit.ly/1CG5kiN
[2] Ofcom, Review of the pay TV wholesale must-offer
obligation, (Reino Unido, 2014), p. 4. Disponible en: http://bit.ly/1DzUR8C
[3] Thomas, D. (2015). Ofcom Considers deregulation of TV and
Telecoms Sector, Financial Times. (Estados Unidos, 16 de Abril de 2015,). Disponible en: http://on.ft.com/1giQqo8
[4] European Commision (EC), Commission
seeks views on Europe's audiovisual media rules, fecha de publicación: 6 de
julio de 2015. Disponible en: http://bit.ly/1gjdJ1x
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